Circular 81-18
30-08-18
SR PROFESIONAL:
Mediante la presente, informamos que para agilizar el procesamiento de datos de la facturación por parte de la obra social OSDE, la misma deja de facturarse con los números 52 y 868, y pasa a dividirse según prestaciones que se presentan en planilla de aquellas que se realizan por Validación Online.
Po tal motivo, a partir del período Agosto 2018, la obra social se facturará de la siguiente manera:
(No Terminales 806)
(No Terminales 806)
(No terminales 872)
(No terminales 872)
Prestadores No Terminales, son aquellos que realizan prácticas de diagnóstico por imágenes como complemento de su especialidad.
RECORDAMOS que tanto prácticas como consultas no se pueden facturar en RP, sino que deben ser presentadas en orden con validadación online o planilla de la obra social, esta última debe estar separada según la condición del IVA del afiliado, GRAVADO o NO GRAVADO